Fundación Pública Galega de Medicina Xenómica (FPGMX)

Directores: Dr. Ángel Carracedo ( Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. )

Dr. Fernando Domínguez ( Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. )

Hospital Clínico de Santiago, edificio de consultas, planta -2

Tav. Da Choupana s/n

15706 Santiago de Compostela

Tel: 981-951490/91

Fax: 981-951473

Jefes de Laboratorio: Dra. Lourdes Loidi ( Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. )

Dr. Francisco Barros ( Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. )

Sección de Neurogenética: Dra. Mª Jesús Sobrido ( Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. ), Dra. Patricia Blanco ( Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. ), Dra. Beatriz Quintáns ( Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. )

Personal otras secciones: Dra. Clara Ruiz, Dra. Celsa Quinteiro, Dra. Ana Vega

Enfermedades Neurológicas que se analizan actualmente en la FPGMX

ENFERMEDADES Y ANÁLISIS NEUROGENÉTICA

Gen

OMIM #

ADN mitocondrial (LOHN, MELAS, MERFF, NARP)

Enfermedad de Alzheimer familiar (AD1)

APP

104300

Enfermedad de Alzheimer familiar (AD3)

PSEN1

607822

Enfermedad de Alzheimer familiar (AD4)

PSEN2

606889

APOE

APOE

107741

Demencia frontotemporal, FTLD

MAPT

600274

Enfermedad de Creutzfeldt-Jacob

PRNP

123400

CADASIL

NOTCH3

125310

Ataxia de Friedreich

FXN

229300

Ataxia de inicio temprano con apraxia oculomotora e hipoalbuminemia (EAOH)

APTX

208920

Ataxia espinocerebelosa tipo 1 (SCA1)

ATXN1

164400

Ataxia espinocerebelosa  tipo 2 (SCA2)

ATXN2

183090

Ataxia espinocerebelosa tipo 3 (SCA3)

MJD1

109150

Ataxia espinocerebelosa tipo 6 (SCA6)

CACNA1A

183086

Ataxia espinocerebelosa tipo 7 (SCA7)

ATXN/

164500

Ataxia espinocerebelosa tipo 12 (SCA12)

PPP2R2B

604326

Ataxia espinocerebelosa 14 (SCA14)

PRKCG

605361

Ataxia espinocerebelosa tipo 17 (SCA17)

TBP

607136

Atrofia dentatorrubropalidoluysiana

DRPLA

125370

Paraparesia espástica hereditaria

SPG4

182601

Enfermedad de Charcot-Marie-Tooth Tipo 1A

Duplicación 17p11.2

118220

Enfermedad de Charcot-Marie-Tooth Tipo 1A

PMP22

118220

Enfermedad de Charcot-Marie-Tooth Tipo 1B

MPZ/P0

118200

Enfermedad de Charcot-Marie-Tooth Tipo 1C

LITAF/SIMPLE

601098

Enfermedad de Charcot-Marie-Tooth 1D

EGR2

607678

Enfermedad de Charcot-Marie-Tooth con sordera (CMT1E)

PMP22

118300

Enfermedad de Charcot-Marie-Tooth 1F

NEFL

607734

Enfermedad de Charcot-Marie-Tooth 2A

MFN2

609260

Enfermedad de Charcot-Marie-Tooth 2B1

LMNA

605588

Enfermedad de Charcot-Marie-Tooth 2E

NEFL

607684

Enfermedad de Charcot-Marie-Tooth 2I

MPZ/P0

607677

Enfermedad de Charcot-Marie-Tooth 2J

MPZ/P0

607736

Enfermedad de Charcot-Marie-Tooth ligada a X

GJB1/CONEXINA32

302800

Enfermedad de Charcot-Marie-Tooth 4A

GDAP1

214400

Enfermedad de Charcot-Marie-Tooth 4D

NDRG1

601455

Enfermedad de Charcot-Marie-Tooth 4E

EGR2, MPZ/P0

605253

Neuropatía tomacular (HNPP)

Deleción 17p11.2

162500

Neuropatía tomacular (HNPP)

PMP22

162500

Polineuropatía amiloide familiar tipo I,
enfermedad de Andrade

TTR

176300

Parálisis periódica hiperpotasémica

SCN4A

170500

Parálisis periódica hipopotasémica

CACNA1S, SCN4A

170400

Enfermedad de Huntington

HD

143100

Neuroacantocitosis, fenotipo McLeod

XK

314850

Enfermedad de Parkinson dominante con cuerpos de Lewy (PARK4)

SNCA

605543

Enfermedad de Parkinson familiar dominante (PARK1)

SNCA

168601

Enfermedad de Parkinson juvenil recesiva

PARK2

600116

Enfermedad de Parkinson PARK8

LRRK2

607060

Distonía con respuesta a la dopa (DYT5)

GCH1

128230

Distonía de torsión (DYT1)

DYT1

128100

Distonía mioclónica (DYT11)

SGCE

159900

Distonía Parkinson de inicio rápido (DYT12)

ATP1A3

128235

Neurodegeneración asociada a pantotenato kinasa  (PKAN)

PANK2

234200

Síndrome HARP (Hipoprebetalipoproteinemia,
Acantocitosis, Retinitis pigmentosa y degeneración Palidal)

PANK2

607236

Distrofia muscular congénita de Fukuyama

FKRP

253800

Distrofia muscular oculofaringea  (OPMD)

PABPN1

164300

Distrofia muscular de Emery-Dreifuss (EDMD2)

LMNA

181350

Distrofia  de cinturas tipo 1B

LMNA

159001

Enfermedad de Steinert, DM1

DMPK

160900

Miopatía nemalínica NEM1

TPM3

609284

Miopatía nemalínica NEM3

ACTA1

161800

Miopatía nemalínica NEM4

TPM2

609285

Miopatía centronuclear

MYF6

160150

Miopatía por déficit de mioadenilato deaminasa

AMPD1

101770

Esclerosis lateral amiotrófica ALS1

SOD1

105400

Enfermedad de Kennedy, atrofia bulboespinal (SBMA)

AR

313200

Síndrome de Noonan (NS1)

PTPN11

163950

Síndrome de Mowat-Wilson

ZFHX1B

235730

Holoprosencefalia

HPE1

236100

Síndrome de Williams

7q11.23

194050

Síndrome de Rett

MECP2

312750

Síndrome de Von Hippel-Lindau (VHL)

VHL

193300

Síndrome de Smith-Magenis (SMS)

17p11.2

182290

Xantomatosis cerebrotendinosa

CYP27A1

213700

Estamos continuamente incorporando nuevas pruebas, por lo que para un listado completo de estudios genéticos moleculares y citogenéticos que se realizan actualmente en nuestro laboratorio rogamos consulten nuestra página web http://www.labsis.usc.es/FPGMX/

Si estuviera interesado en cualquier análisis que no aparece en el listado de pruebas, por favor póngase en contacto con nosotros y le informaremos si lo podemos realizar o de la posibilidad de enviarlo a otro laboratorio.

La Sección de Neurogenética de la FPGMX está a la disposición de todos los facultativos para que, además de remitir la muestra, se pueda valorar cada caso de forma individualizada. Todos los pacientes con enfermedades neurológicas hereditarias deben recibir una consulta de asesoramiento genético. Nuestro programa de consejo genético está al servicio de pacientes y especialistas, tanto si se desea que el asesoramiento se lleve a cabo en la FPGMX como para ayudar a orientar el consejo o localizar al profesional adecuado más próximo a su lugar de residencia.

Envío de muestras:

La mayoría de las pruebas de análisis molecular se realizan a partir de sangre total con EDTA como anticoagulante. Por el contrario, las muestras para citogenética han de tener heparina sódica como anticoagulante. Llene un tubo malva (EDTA) o verde (heparina sódica) en su caso con la sangre (5-15 ml) inmediatamente después de la extracción, cuidando de invertir el tubo de seis a diez veces para asegurar la homogeneización con el anticoagulante. En general las muestras deben mantenerse a temperatura ambiente y han de llegar a nuestro laboratorio dentro de las 24 horas tras la extracción. Si fuera necesario almacenarlas por periodos de tiempo más largos, manténganse refrigeradas hasta su recogida para el transporte. En ninguna circunstancia debe congelarse la muestra.

Si para la prueba requerida se necesita realizar una extracción de ARN se han de extremar las condiciones de rapidez. Manténgase la muestra refrigerada y asegúrese de remitirla por transporte urgente de modo que llegue, necesariamente, en el mismo día a nuestro laboratorio.

Según las pruebas o en casos especiales pueden emplearse otros tipos de muestras, como suero, saliva, vellosidades coriónicas, líquido amniótico, etc. En caso de duda consúltenos antes de su remisión, así como las condiciones de envío necesarias para las mismas.

La muestra debe ir acompañada de:

  • Volante del facultativo indicando la prueba solicitada, con breve resumen de datos clínicos y familiares.
  • Consentimiento informado del paciente o tutor legal.
  • Autorización de la administración del centro solicitante.
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Instituto de Bioquímica Clínica. Servicio de Diagnóstico de Enfermedades Metabólicas Hereditarias

Dra. Pámpols directora IBC.

Dra. Chabás (Jefe del Departamento) Dra. Coll Enfermedades lisosomales.

Dra. M. Girós. Enfermedades perixosomales.

Dra. Ribes, Dra. Rodés y Dra. Briones. Metabolismo intermediario.

Institut de Bioquímica Clínica. Corporació sanitària Clinic.

Enfermedades lisosomales

  • Metabolitos
Metabolito Enfermedad Muestra
Glucosaminoglucanos Mucopolisacaridosis Orina
Oligosacáridos Glucoproteinosis,mucolipidosis,gangliosidosis,glucogenosis II,III,IV Orinafibroblastos
Ácido Siálico Sialidosis Orina,fibroblastos
Esfingolipidosis Esfingolipidosis Orina, Tejidos

 

  • Enzimas
Enzima Enfermedad Muestras
ß-galactosidasa Gangliosidosis GM1, galactosialidosis, Morquio B Leucocitos, fibroblastos, suero, tejidos
Hexosaminidasa A y B Gangliosidosis GM2 (Tay-Sachs y Sandhoff) Leucocitos, fibroblastos, suero, tejidos
Hexosaminidasa A Gangliosidosis GM2. Tay-Sachs y variante B1 Leucocitos fibroblastos, suero, tejidos
Alfa-galactosidasa A Fabry Leucocitos, fibroblastos, suero
ß-Glucocerebrosidasa Gaucher Leucocitos, fibroblastos, tejidos
Galactocerebrosidasa

ß-Galactosidasa

Krabbe Leucocitos, fibroblastos
Arilsulfatasa A Leucodistrofia metacromática Leucocitos, Fibroblastos, tejidos
Sulfatasas A, B y C Déficits sulfatasas Leucócitos, Fibroblastos
Esfingomielinasa Niemann-Pick Fibroblastos
Lipasa ácida Wolman y enfermedades por acumulaciones de ésteres de colesterol Fibroblastos, tejidos
Alfa-iduronidasa Hurler, Scheie, Hurler-Scheie (MPS I) Leucocitos, fibroblastos
Iduronosulfatasa Hunter (MPS II) Leucocitos, fibroblastos, suero
Heparan N-sulfatasa Sanfilipo A (MPS III A) Leucocitos, fibroblastos
N-acetil-alfa-glucosaminidasa Sanfilipo B (MPS III B) Leucocitos, fibroblastos, suero
Acetil-CoA glucosamino-N-acetiltransferasa Sanfilipo C (MPS III C) Leucocitos, fibroblastos
Galactosa-6-sulfatosulfatasa Morquio A (MPS IV) Leucocitos, fibroblastos
Arilsulfatasa B Maroteaux-Lamy (MPS VI) Leucocitos, fibroblastos
ß-Glucuronidasa Sly (MPS VII) Leucocitos, fibroblastos, suero
Sialidasa (N-acetilneuraminidasa) Sialidosis/Galactosialidosis Fibroblastos
Alfa-fucosidasa Fucosidosis Leucocitos, fibroblastos, suero
Alfa-manosidasa Alfa-manosidosis Leucocitos, fibroblastos, suero
ß-manosidasa ß-manosidosis Leucocitos, fibroblastos, suero
N-Acetil-alfa-galactosaminidasa Schindler Leucocitos, fibroblastos, suero
N-Aspartilglucosaminidasa Aspartilglucosaminuria Fibroblastos
Hidrolasas lisosomales Mucolipidosis II (enfermedad "I-cell) y III (polidistrofia pseudo-Hurler) Fibroblastos, suero
Alfa-1,4-glucosidasa Pompe (glucogenosis II) Leucocitos, fibroblastos
Aril-sulfatasa C Ictiosis ligada al cromos. X Leucocitos, fibroblastos
Quitotriosidasa Gaucher Suero

Enfermedades peroxisomales

  • Metabolitos
Metabolito Enfermedad Muestra
Ácidos grasos saturados de cadena muy larga (AGCML) Ácidos grasos ramificados (Fitánico y pristánico)

Defectos aislados de la ß-oxidación (X-ADL/AMN, pSZ, pADLN, déficit proteína bifuncional)

Suero, plasma, células mononucleares, fibroblastos
Ácids grasos ramificados (Fitánico y pristánico) Refsum, CDPR, defectos biogénesis Suero, plasma, células mononucleares
A. grasos poliinsaturados (PUFAS y esenciales) Defectos biogénesis. Control tratamiento X-ADL células mononucleares, eritrocitos
Plasmalógenos Defectos biogénesis, CDPR. Defectos aislados síntesis plasmalógenos (DHAPAT y DHAP) Plasma, células mononucleares, eritrocitos
Ácido pipecólico Defectos biogénesis Suero, plasma
Ácidos dicarboxílicos de cadena media, larga y epóxidos Defectos biogénesis Orina
Ácido glicólico Hiperoxaluria tipo I Orina
Ácido mevalónico Aciduria mevalónica Orina
Ácido glutárico Aciduria glutárica III Orina

SZ: Síndrome de Zellweger. ADLN: Adrenoleucodistrofia neonatal. RI: Refsum infantil. PRI: pseudorefsum infantil. X-ADL/AMN: Adrenoleucodistrofia/adrenomieloneuropatía ligada al X. PSZ: pseudoadrenoleucodistrofia neonatal. CDPR: Condrodisplasia punctata rizomélica.

Trastornos del Metabolismo Intermediario

  • Metabolitos
Metabolito Enfermedad Muestra
Ácidos orgánicos Aciduries orgánicas. Aminoacidopatías, defectos ß-oxidación y del metabolismo mitocondrial.Enfermedades perixososomales Suero, Orina, LCR, humor vítreo
Aminoácidos Aminoacidopatías. Aciduries orgánicas Plasma, orina, LCR. Leucocitos (cisteína)
Ácidos grasos libres Defectos ß-oxidación mitocondrial Plasma
Acilglicinas Defectos ß-oxidación mitocondrial Orina
Acilcarnitinas Defectos ß-oxidación mitocondrial Sangre seca, plasma, orina
Carnitina Defectos ß-oxidación mitocondrial Plasma, orina, músculo
Galactosa-1-fosfato Galactosemias Eritrocitos
Galactitol Galactosemias Plasma

 

  • Enzimas
Enzima Enfermedad Muestra
3-metil-crotonil CoA carboxilasa Defectos de holocarboxilasa y de la enzima Fibroblastos
Propionilo CoA carboxilasa Defectos de holocarboxilasa y de la enzima Fibroblastos
Piruvatocarboxilasa Defectos de p.carboxilasa Fibroblastos
Aspartoacilasa Enfermedad de Canavan Fibroblastos
Carbamilfosfatosintetasa (CPS) Defectos de CPS Biopsias de duodéno, intestino delgado o hepáticas
Ornitincarbamiltransferasa (OCT) Defectos de OCT Biopsias de duodéno, intestino delgado o hepáticas
Argininasuccinatosintetasa Citrulinemia Biopsia hepática, fibroblastos
Argininasuccinatoliasa Aciduria argininsuccínia Eritrocitos, biopsia hepática, fibroblastos
Arginasa Argininemia Eritrocitos, biopsia hepática
Piruvatodeshidrogenasa (PDH) Defectos de PDH Fibroblastos, músculo, hígado, cerebro
Fosfoenolpiruvato-carboxiquinasa Defecto de la enzima Fibroblastos, hígado
Fumarasa Defecto de la enzima Fibroblastos, hígado, músculo
Complejos I, II, III, IV de la cadena respiratória mitocondrial Enfermedades mitocondriales Músculo. En otros casos, otros tejidos o fibroblastos
Galactosa-1-fosfatouridiltransferasa Galactosemia clásica Eritrocitos, fibroblastos
Galactoquinasa Galatosemia Sangre total, fibroblastos
UDP-galactosa-4-epimerasa Galactosemia Eritrocitos, fibroblastos

  • Ensayo "in vitro"
Oxidación leucina Enfermedad de Jarabe de Arce Fibroblastos
Incorporación propionato Acidemias metilmalónicas y propiónica Fibroblastos
Incorporación citrulina Citrulinemia, aciduria argininosuccínica Fibroblastos

 

A dónde se deben enviar las muestras:

Institut de Bioquímica Clínica. Corporació sanitària Clínic

C/Mejia Lequerica s/n Edificio Elios, III planta baja

Barcelona 08028

Para más información sobre la preparación de muestras y su envío, telf. 93-2277583

No enviar muestras ni viernes ni festivos. En Cataluña son fiesta el 11 de septiembre, el 24 de septiembre, el 26 de diciembre y el lunes de Pascua de Pentecostés (variable).

Para información específica o consultas profesionales, póngase en contacto con:

Dra. Pámpols directora IBC

Dra. Chabás (Jefe del departamento), Dra. Coll., Enfermedades lisosomales

Dra. Ribes, Dra. Rodés y Dra. Briones. Metabolismo intermediario.

Teléfonos: (93) 2275600

FAX: (93) 2275668

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Servicio de Bioquímica. Hospital Universitari Germans Trias i Pujol

Dra. Amparo Galán Servicio de Bioquímica.

Hospital Universitari Germans Trias i Pujol.

Parámetros bioquímicos estudiados:

  • Determinaciones en suero
  • Carnitina libre y total

Lactato

Piruvato

Amonio

Cuerpos cetónicos

  • Determinación en el tejido muscular

Carnitina libre y total

Contenido de glucógeno

Actividad catalítica compleja I cadena respiratoria mitocondrial

Actividad catalítica compleja II cadena respiratoria mitocondrial

Actividad catalítica compleja III cadena respiratoria mitocondrial

Actividad catalítica compleja IV cadena respiratoria mitocondrial

Actividad catalítica compleja ATPasa mitocondrial

Carnitina libre y total. Deficiencias primarias de carnitina, estados carenciales, alimentación parenteral, sepsis, hemodiálisis. En calidad de indicador indirecto de alteraciones del metabolismo mitocondrial (cadena respiratoria o beta oxidación). En general, se detecta una baja concentración de la forma libre, mientras que la esterificada aumenta.

Lactato/piruvato. Screening enfermedades mitocondriales. Curva de lactato y amonio. Las determinaciones de lactato después del ejercicio isquémico durante un minuto resultan útiles en el "screening" de las glucogenosis III (enzimas desramificadoras), glucogenosis V (enzima fosforilasa) y otras deficiencias enzimáticas en la glucólisis anaeróbica (fosfofructocinasa, lactato deshidrogenasa, fosfoglucomutasa, etc.)

Concentración de glucógeno en el músculo. Detección de glucogenosis muscular (tipos II, III, IV, V, VI, VII y otros defectos de la glucólisis).

Complejos I, II, III, IV y ATPasa mitocondrial. Determinación de la actividad catalítica de los diferentes segmentos de la cadena respiratoria mitocondrial. Diagnóstico de enfermedades mitocondriales (MERFF, MELAS, Kearns-Sayre, miopatías, etc.)

¿Qué tipo de muestras se debe enviar?

Para la carnitina en suero es necesario enviar 5 cc de suero. Es aconsejable congelarlo después de la extracción y enviarlo en este estado. El lactato se debe enviar en tubo que contenga NaF y EDTA, pero es aconsejable ponerse previamente en contacto con la Dra. A. Galán para enviar muestras de piruvato, amonio o cuerpos cetónicos.

Para las determinaciones en tejido muscular se debe congelar un trozo de músculo en nitrógeno líquido inmediatamente después de la extracción. Este tejido debe estar desprovisto de grasa o tejido conjuntivo. La cantidad de tejido necesario oscila entre 100-250 mg (como la uña del dedo pequeño de la mano). El músculo se puede almacenar en nitrógeno líquido (mejor envuelto en papel de plata) antes del envío, que se deberá realizar en un contenedor lleno de nieve carbónica (una caja de porexpan) o en un contenedor de nitrógeno líquido.

 

A dónde se deben enviar las muestras. Telefono de contacto:

Dra. Amparo Galán Servicio de Bioquímica, primera planta

Hospital Universitari Germans Trias i Pujol.

carretera de Canyet s/n Badalona (Barcelona)

Teléfono: 934651200 FAX: 3954206

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Es el Comité de la SOCIEDAD ESPAÑOLA DE NEUROLOGÍA que tiene como función asesorar a la Junta Directiva en la planificación y ejecución de los programas de educación continuada de la Sociedad y efectuar la acreditación de todas las actividades docentes.

 

Funciones

  • Proponer acciones de promoción docente.
  • Efectuar el registro y transmisión de la información de recursos utilizables para la docencia por los miembros de la Sociedad.
  • Proponer canales de colaboración, en los aspectos docentes, entre grupos de estudio y miembros, tendentes a la organización de programas conjuntos.
  • Elaborar informes sobre la docencia neurológica.
  • Aceptar y evaluar las propuestas de Cursos de Formación efectuadas en la Reunión Ordinaria de la Sociedad.
  • Acreditar los programas docentes y las actividades de la SEN.
  • Realizar propuestas sobre el modelo de acreditación de actividades de la Sociedad.
  • Evaluar los aspectos docentes de la memoria anual de actividades de los Grupos de Estudio e informar a la Junta Directiva.
  • Proponer acciones para los miembros no-numerarios en formación.
  • Asesorar a la Junta Directiva sobre las relaciones entre la SEN y la Comisión Nacional de la Especialidad.
  • Asesorar a la Junta Directiva sobre programas de formación en sub-especialidades.
  • Asesorar a la Junta Directiva sobre su participación en grupos internacionales que traten aspectos docentes. Efectuar la formación de la neurología para no neurólogos.
  • Efectuar la formación de la neurología para la población general.
  • Realizar cualquier otra función relativa a actividades docentes o sobre acreditación de actividades que considere la Junta Directiva.

 

Composición del Comité de Docencia y Acreditación

  • Presidente: Dr. Francisco Escamilla Sevilla
  • Secretaria: Dra. Débora Mª Cerdán Santacruz
  • Vocales natos:
    • Dr. Ángel Pérez Sempere (Director Técnico)
    • Dr. Javier Gutiérrez García (Director de Talleres)
  • Vocales electos:
    • Dra. Iciar Avilés Olmos
    • Dra. Antonio Cruz Culebras
    • Dra. Alicia González Martínez
    • Dra. Mª Obdulia Lozano Caballero
    • Dra. Paloma Montero Escribano
    • Dra. Celia Oreja Guevara
    • Dra. Lucía Vidorreta Ballesteros

 

 

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Representante de la SEN en la CNN

  • Dra. Rocío García-Ramos García
  • Dr. Samuel Díaz Insa

Responsable de las relaciones entre la Comisión Nacional y la SEN

  • Dr. Francisco Escamilla Sevilla

 

 
Toni González
Secretaría de Formación Continuada de la Sociedad Española de Neurología
Vía Laietana, 23, entlo. A-D
Barcelona, Barcelona 08003
(+34) 933426233
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En el artículo 5 de los Estatutos vigentes de la SOCIEDAD ESPAÑOLA DE NEUROLOGÍA se establece sus finalidades y entre ellas figuran :

Promocionar y fomentar el progreso de la Neurología, divulgando e impulsando los conocimientos de la especialidad y sus principios.

Fomentar la interacción entre los profesionales de la especialidad médica neurológica y todos los sectores de la sociedad que con ésta puedan estar relacionados, la colaboración y la cooperación entre ellos para el fomento, el desarrollo, el estudio y el conocimiento científico y práctico de la especialidad.

Y para el cumplimiento de estas finalidades sociales, la SOCIEDAD ESPAÑOLA DE NEUROLOGÍA dispone de un AREA DE DOCENCIA Y FORMACIÓN CONTINUADA de la que depende el COMITÉ DE DOCENCIA Y ACREDITACIÓN, definido por los Estatutos de la Sociedad en su artículo 43 y por el Reglamento de Régimen Interno sobre los Comités de Participación, aprobado por la Asamblea General el día 28 de noviembre del 2003.

 
Toni González
Secretaría de Formación Continuada de la Sociedad Española de Neurología
Vía Laietana, 23, entlo. A-D
Barcelona, Barcelona 08003
(+34) 933426233
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La Sociedad Española de Neurología tiene entre sus finalidades, recogidas en el artículo 5 de sus Estatutos vigentes, la promoción de actividades científicas tendentes a mejorar la asistencia de la neurología. Específicamente, el apartado a) de dicho artículo establece que es una finalidad de la Sociedad promocionar y fomentar el progreso de la neurología divulgando e impulsando los conocimientos de la especialidad y sus principios; el apartado b) establece que es una finalidad de la Sociedad fomentar la interacción de los profesionales de la especialidad médica neurológica ….. para obtener el fomento, el desarrollo, el estudio y el conocimiento científico y práctico de la especialidad; y el apartado i) indica que es finalidad de la Sociedad editar, producir, y distribuir por cualquier medio y soporte, cualquier documento relacionado con la especialidad.

Por ello, el establecimiento de unas Guías Diagnóstico-Terapéuticas (Guías Clínicas), con carácter de oficialidad, contribuyen a dichas finalidades.

Preparación de las Guías diagnóstico-terapéuticas

Corresponde a los Grupos de Estudio, de acuerdo con el artículo 45 de los Estatutos de la Sociedad Española de Neurología, la responsabilidad de preparar y aprobar las propuestas de Guías Diagnóstico-Terapéuticas oficiales en aquéllas áreas temáticas que les son de su competencia. Los Grupos de Estudio podrán establecer un Comité de Redacción a tal efecto. La Junta Directiva establecerá, a propuesta del Comité Científico, la creación de Comités Ad-Hoc, de acuerdo con el artículo 44 de los Estatutos de la Sociedad Española de Neurología, para aquéllas áreas temáticas que no están cubiertas por los Grupos de Estudio.

El Comité Científico intervendrá en:

La coordinación de las Guías Diagnóstico-Terapéuticas que aborden áreas temáticas que puedan estar solapadas en más de un Grupo de Estudio. El mantenimiento de la necesaria homogeneidad en su diseño y desarrollo, así como el control del cumplimiento de las recomendaciones en su preparación.

Publicidad y publicación de las Guías diagnóstico-terapéuticas oficiales

La Junta Directiva, de acuerdo con los Grupos de Estudio y los Comités Ad-hoc a los que se hace referencia anteriormente, utilizará los recursos disponibles para la mayor publicidad de las Guías.

Las Guías Diagnóstico-Terapéuticas serán publicadas de forma ampliada en una colección oficial, con un carácter de presentación homogénea. La responsabilidad de dicha edición pertenecerá al Coordinador del Grupo de Estudio o al responsable del Comité Ad-hoc correspondiente, siendo responsabilidad última del Comité Científico la comprobación de dicha uniformidad.

Las Guías Diagnóstico-Terapéuticas serán publicadas de forma extractada en la revista Neurología. La responsabilidad de dicha publicación pertenecerá al Coordinador del Grupo de Estudio o al responsable del Comité Ad-hoc correspondiente, siendo responsabilidad última del Editor de la revista la comprobación de la uniformidad de presentación. Las Guías en su forma extractada serán incorporadas a la web de la Sociedad Española de Neurología en un espacio propio.

No es posible su transcripción en medios escritos o electrónicos salvo autorización expresa de la Sociedad Española de Neurología a través de sus órganos competentes.

Distribución de los beneficios económicos de las Guías diagnóstico-terapéuticas oficiales

La propiedad de las Guías Diagnóstico-Terapéuticas Oficiales pertenece a la Sociedad Española de Neurología. Los recursos económicos obtenidos, si los hubiere, derivados los costes, de las Guías Diagnóstico-Terapéuticas serán incorporados a las cuentas del Grupos de Estudio correspondiente, previa derivación de un porcentaje en concepto de gastos de gestión. No entrarán dentro de los beneficios aquéllos derivados de la publicación de la forma extractada en Neurología, cuya distribución depende de los convenios establecidos o que se establezcan para la revista.

Recomendaciones para la preparación de las Guías diagnóstico-terapéuticas oficiales

Las Guías Diagnóstico-Terapéuticas comprenderán los siguientes apartados:

  • Título
  • Miembros del Comité de Redacción, Junta de Grupo o Comité Ad-hoc
  • Objetivo Revisión de la literatura
  • Recomendaciones
  • Bibliografía imprescindible

La forma ampliada de las Guías Diagnóstico-Terapéuticas Oficiales, a la que hace referencia en el apartado 3.2, deberá además incorporar aspectos de:

  • Revisión clínica y fisiopatológica de las áreas temáticas específicas.
  • Descripción de las técnicas diagnósticas y las intervenciones terapéuticas.
  • Discusión de la posición del Grupo de Estudio o el Comité Ad-Hoc sobre la situación de la literatura.
  • Bibliografía ampliada.

La revisión de la literatura debe incluir la estrategia de búsqueda utilizada.

Deben incluirse en la revisión las Guías Diagnóstico-Terapéuticas realizadas por otras organizaciones científicas.

La clasificación de la evidencia disponible respecto a los procedimientos diagnósticos debe realizarse según los siguientes criterios:

  1. Estudios prospectivos bien diseñados que incluyan un espectro amplio de personas en los que se sospecha la enfermedad. El test diagnóstico debe evaluarse de manera “ciega”. La definición de la enfermedad debe basarse en criterios “gold standard”.
  2. Estudios prospectivos bien diseñados que incluyen un espectro reducido de personas en los que se sospecha la enfermedad. Estudios retrospectivos bien diseñados en los que se incluye un espectro amplio de pacientes con la enfermedad según criterios “gold standard” comparado con un espectro amplio de controles. La evaluación del test diagnóstico debe haberse realizado de manera “ciega”.
  3. Estudios retrospectivos en los que el test diagnóstico se evalúa de manera “ciega” pero con un espectro reducido tanto de pacientes como de controles.
  4. Estudios en los que el test diagnóstico no se evalúa de manera “ciega”. Opiniones de expertos. Series de casos.

La clasificación de la evidencia disponible respecto a las intervenciones terapéuticas debe realizarse según los siguientes criterios:

  1. Evidencia procedente de un ensayo clínico aleatorio o meta-análisis con las siguientes características: a) la población estudiada debe ser representativa, b) los objetivos deben estar claramente definidos, c) criterios de inclusión y exclusión claramente establecidos, d) la valoración del resultado debe ser “ciega” respecto al tratamiento realizado, e) justificación adecuada de las pérdidas de pacientes. Generalmente se recomienda que la pérdida de pacientes debe ser inferior al 10%, e) las características basales relevantes deben ser equiparables en los grupos estudiados.
  2. Ensayos clínicos aleatorios que no cumplen los criterios para ser clasificados como nivel de evidencia 1. También se incluyen como nivel de evidencia 2 los estudios prospectivos no aleatorios en poblaciones representativas, con grupo control, con valoración “ciega” del resultado y que cumplen los criterios a-e señalados en el párrafo anterior.
  3. Otros estudios con grupo control en los que la valoración del resultado es independiente del tratamiento recibido.
  4. Estudios sin grupo control. Series de casos. Opiniones de expertos.

Las recomendaciones se clasificarán en los siguientes grados en función del nivel de evidencia en que se basan:

  • Apoyado en al menos un trabajo (preferiblemente más de uno) con nivel de evidencia I.
  • Apoyado en al menos un trabajo con un nivel de evidencia II.
  • Apoyado por estudios con nivel de evidencia III o IV.

Revisión de las Guías diagnóstico-terapéuticas oficiales de la SEN

Las Guías Diagnóstico-Terapéuticas no deben revisarse antes de cuatro años, salvo autorización del Comité Científico si considera que existen razones para ello.

Consideración de oficialidad

De acuerdo con las competencias establecidas en el artículo 37 de los Estatutos vigentes, que establece las competencias de la Junta Directiva, sólo tendrán la consideración de Guías Diagnóstico-Terapéuticas Oficiales de la Sociedad Española de Neurología aquéllas que se realicen en el marco de estas recomendaciones.

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De acuerdo con el Reglamento Interno correspondiente, la aceptación y constitución de los nuevos Grupos de Estudio se realizará siguiendo el siguiente proceso:

Propuesta

Las propuestas de constitución de nuevos grupos de estudio serán realizadas por los promotores, que deberán ser miembros numerarios de la Sociedad, mediante un escrito dirigido al Presidente de la Sociedad, tramitado a través de la Secretaría de la misma, que incluya la firma de CINCUENTA miembros numerarios que apoyen dicha creación, una memoria sobre los objetivos a medio y largo plazo que tendría dicho Grupo, la definición del área científico-técnica que abarcaría el mismo y una propuesta de comisión gestora de cuatro miembros numerarios, con un portavoz.

Proceso de aceptación provisional

Tras la recepción de una solicitud de constitución de un nuevo Grupo, la Junta Directiva remitirá toda la documentación a los Grupos de Estudio, que podrán elaborar un informe, que no le será vinculante, y al COMITÉ CIENTÍFICO, que realizará un informe preceptivo sobre la idoneidad de la petición.

La Junta Directiva, previa consulta de la información aportada por los promotores y de los informes recibidos por el Comité Científico y de los Grupos de Estudio, aprobará la constitución provisional del nuevo Grupo, con el nombramiento de la comisión gestora, o lo rechazará argumentando la decisión. Contra la decisión de la Junta Directiva cabrá recurso por la vía administrativa al Comité de Arbitraje de la Sociedad Española de Neurología. Los grupos aprobados provisionalmente, lo serán durante dos años y estarán dirigido por la comisión gestora, disponiendo en este periodo de todas los derechos y obligaciones de los Grupos de Estudio.

Proceso de aceptación definitiva

Trascurridos dos años desde la aprobación provisional de un Grupo de Estudio, la Junta Directiva solicitará un informe a la Gestora sobre las actividades del Grupo durante este período, que será remitido al COMITÉ CIENTÍFICO que evaluará y realizará un informe preceptivo sobre el funcionamiento. Con ambos informes, junto con toda la información adicional que se disponga, la Junta Directiva podrá aprobar de forma definitiva el Grupo, prorrogar la situación de provisional durante dos años más o rechazarlo. Contra la decisión de la Junta Directiva cabrá recurso por la vía administrativa al Comité de Arbitraje de la Sociedad Española de Neurología. En el caso que se produzca la revocación definitiva del Grupo, la Junta Directiva decidirá el destino de la cuenta económica del mismo. En el caso que la Junta Directiva apruebe de forma definitiva un nuevo Grupo de Estudio, se mantendrá la Gestora hasta que se realice la convocatoria de elecciones a la Junta de Grupo.

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En el artículo 5 de los Estatutos vigentes de la SOCIEDAD ESPAÑOLA DE NEUROLOGÍA se establece sus finalidades y entre ellas figuran:

Promocionar y fomentar el progreso de la Neurología, divulgando e impulsando los conocimientos de la especialidad y sus principios. Fomentar la interacción entre los profesionales de la especialidad médica neurológica y todos los sectores de la sociedad que con ésta puedan estar relacionados la colaboración y la cooperación entre ellos para el fomento, el desarrollo, el estudio y el conocimiento científico y práctico de la especialidad. Organizar actividades de carácter profesional, de investigación, formativas, culturales o asistenciales de forma individual o en colaboración con las administraciones públicas, centros de salud, hospitales, colegios de médicos, facultades de medicina o demás sociedades científicas. Organizar, realizar y celebrar actos y manifestaciones científico médicas y científico culturales relacionadas con la Neurología.

Y para el cumplimiento de estas finalidades sociales, la SOCIEDAD ESPAÑOLA DE NEUROLOGÍA dispone de un ÁREA CIENTÍFICA de la que depende el COMITÉ CIENTÍFICO, definido por los Estatutos de la Sociedad en su artículo 43 y por el reglamento de régimen Interno sobre los Comités de Participación, aprobado por la Asamblea General el día 28 de noviembre de 2003.

 

 
Mª José Saugar
Secretaría del Área Científica
Calle Fuerteventura, 4, oficina 05
San Sabastián de los Reyes, Madrid 28703
667 441 025
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Cómo solicitar el Aval Docente

Para solicitar el Aval Docente de la SEN puede descargar el formulario de actividad presencial o a distancia y remitirlo debidamente cumplimentado, junto al programa de la actividad, a la dirección electrónica Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. Si tiene alguna duda a la hora de cumplimentar el formulario puede ponerse en contacto con nosotros.

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La Sociedad Española de Neurología tiene entre sus finalidades sociales establecidas en el artículo 5 de sus Estatutos promocionar y fomentar el progreso de la Neurología, divulgando e impulsando los conocimientos de la especialidad y sus principios y por ello, en consecuencia, debe recomendar ante sus asociados y ante todos aquellos que lo soliciten sobre si considera que una actividad determinada está de acuerdo con sus finalidades.

Esta recomendación viene definida por la Concesión del Aval Institucional de la Sociedad que consta de cuatro modalidades, dependiendo del tipo de actividades: aval docente, aval científico, aval científico-tecnológico y aval social.

Qué es el Aval Científico-Tecnológico

Está definido al otorgar la Sociedad su aval a aquellas tecnologías que estén relacionadas con la Neurología y las enfermedades de su ámbito, y requerirá informe preceptivo y razonado de las Juntas de Grupo de las correspondientes áreas temáticas relacionadas con la tecnología que solicita el aval, el Comité de Nuevas Tecnología e Innovación y/o el Comité Científico, según los casos.

Tecnologías que pueden ser avaladas

Pueden recibir el Aval Científico-Tecnológico de la Sociedad las siguientes tecnologías:

  • Sensores inerciales.
  • Biosensores.
  • Dispositivos de neuroestimulación.
  • Algoritmos diagnósticos/terapéuticos/pronósticos.
  • Otros modelos de inteligencia artificial.
  • Aplicaciones para teléfonos móviles.
  • Otras tecnologías.

Cómo solicitar el aval

Para solicitar el Aval Científico-Tecnológico de la SEN puede descargar este formulario de solicitud y remitirlo debidamente cumplimentado a la dirección electrónica Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. Si tiene alguna duda a la hora de cumplimentar el formulario no dude en ponerse en contacto con Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Quién concede el aval

En conformidad con el artículo 37 de los Estatutos vigentes, la Junta Directiva tiene la representación de la Sociedad y en consecuencia tiene la responsabilidad exclusiva de otorgar cualquier Aval Institucional. Por ello, la concesión del Aval Científico-Tecnológico se realizará mediante una certificación de la Secretaría de la Junta Directiva de la Sociedad.

El proceso de la concesión del aval

De acuerdo con el artículo 37 de los Estatutos vigentes, la Junta Directiva no tiene la competencia científica y por ello, para la concesión del Aval Científico-Tecnológico, requerirá informe preceptivo y razonado de las Juntas de Grupo de las correspondientes áreas temáticas relacionadas con la tecnología que solicita el aval, el Comité de Nuevas Tecnología e Innovación y/o el Comité Científico, según los casos. Evaluados dichos informes, se procederá o no a la concesión del Aval Científico-Tecnológico.

Implicaciones de la concesión

El Aval Científico-Tecnológico implica la conformidad de la Sociedad Española de Neurología con la tecnología avalada y el uso de su nombre y de su logotipo por los responsables. Debe ser objetivo de todos aquellos que participen en el proceso de concesión del Aval que solo lo reciban aquellas tecnologías que, cumpliendo las finalidades de la Sociedad Española de Neurología, lo hagan con la dignidad que el nombre de esta requiere.

 

 
Toni González
Secretaría de Formación Continuada de la Sociedad Española de Neurología
Vía Laietana, 23, entlo. A-D
Barcelona, Barcelona 08003
(+34) 933426233
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

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La Sociedad Española de Neurología tiene entre sus finalidades sociales establecidas en el artículo 5 de sus Estatutos promocionar y fomentar el progreso de la Neurología, divulgando e impulsando los conocimientos de la especialidad y sus principios y por ello, en consecuencia, debe recomendar ante sus asociados y ante todo aquellos que lo soliciten sobre si considera que una actividad determinada está de acuerdo con sus finalidades.

Esta recomendación viene definida por la Concesión del Aval Institucional de la Sociedad que consta de tres modalidades, dependiendo del tipo de actividades: aval docente, aval científico y el aval social.

 

Qué es el aval científico

Está definido al otorgar la Sociedad su aval a actividades científicas, congresos, documentos de consenso, proyectos de investigación, publicaciones, libros…. y requerirá informe preceptivo y razonado de las Juntas de Grupo de las correspondientes áreas temáticas a la actividad científica que solicita el aval y/o al Comité Científico en el caso que abarque a más de un área temática.

 

Actividades científicas que pueden ser avaladas

Pueden recibir el Aval Científico de la Sociedad las siguientes actividades científicas:

  • Congresos, Reuniones y simposiums de otras instituciones y empresas cuyos contenidos sean neurológicos.
  • Documentos de Consenso y Guias Diagnóstico-Terapéuticas. Proyectos de Investigación.
  • Libros y monografías.
  • Lugares on-line que tengan contenidos neurológicos.
  • Cualquier otra actividad científica que pueda ser de interés para la neurología.

No pueden recibir el Aval Institucional a través de este proceso las actividades sociales.

 

Cómo solicitar el aval

Para solicitar el Aval Científico de la SEN puede descargar el formulario de solicitud y remitirlo debidamente cumplimentado a la dirección electrónica  Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. Si tiene alguna duda a la hora de cumplimentar el formulario puede ponerse en contacto con nosotros.

 

Quién concede el aval

En conformidad con el artículo 37 de los Estatutos vigentes, la Junta Directiva tiene la representación de la Sociedad y en consecuencia tiene la responsabilidad exclusiva de otorgar cualquier Aval Institucional. Por ello, la concesión del Aval Científico se realizará a través de un certificación de la Secretaría de la Junta Directiva de la Sociedad.

 

El proceso de la concesión del aval

De acuerdo con el artículo 37 de los Estatutos vigentes, la Junta Directiva no tiene la competencia científica y por ello, para la concesión del Aval Científico, requerirá informe preceptivo y razonado de las Juntas de Grupo de las correspondientes áreas temáticas a la actividad científica que solicita el aval y/o al Comité Científico, en el caso que abarque a más de un área temática. Evaluados dichos informes, se procederá o no a la concesión del Aval Científico.

 

Implicaciones de la concesión

El Aval Científico implica la conformidad de la Sociedad Española de Neurología a la actividad avalada y el uso de su nombre y de su logotipo por los organizadores. Debe ser objetivo de todos aquellos que participen en el proceso de concesión del Aval que sólo lo reciban aquellas actividades que, cumpliendo las finalidades de la Sociedad, lo hagan con la dignidad que el nombre de la Sociedad requiere.

 

 
Toni González
Secretaría de Formación Continuada de la Sociedad Española de Neurología
Vía Laietana, 23, entlo. A-D
Barcelona, Barcelona 08003
(+34) 933426233
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Qué es el aval y qué modalidades hay

La Sociedad Española de Neurología tiene entre sus finalidades sociales establecidas en el artículo 5 de sus Estatutos promocionar y fomentar el progreso de la Neurología, divulgando e impulsando los conocimientos de la especialidad y sus principios y por ello, en consecuencia, debe recomendar ante sus asociados y ante todos aquellos que lo soliciten, si considera que una actividad determinada está de acuerdo con sus finalidades. Esta recomendación viene definida por la Concesión de Aval institucional de la Sociedad.

 

Modalidades de Aval institucional

La Sociedad tiene establecidas cuatro modalidades de Avales, dependiendo del tipo de actividades:

  • AVAL DOCENTE

Está definido por la aceptación por la Sociedad como actividad acreditada dentro del Programa de Formación Continuada de la Sociedad (pulse aquí) y precisa del Comité de Docencia y Acreditación. Más detalle sobre los formularios para el Aval Docente.

  • AVAL CIENTÍFICO

Está definido al otorgar la Sociedad su aval a actividades científicas, congresos, documentos de consenso, proyectos de investigación,…., y requerirá informe preceptivo y razonado de las Juntas de Grupo de las correspondientes áreas temáticas a la actividad científica que solicita el aval y/o al Comité Científico, en el caso que abarque a más de un área temática. Más detalle del Aval Científico

  • AVAL CIENTÍFICO-TECNOLÓGICO

Está definido al otorgar la Sociedad su aval a aquellas tecnologías que estén relacionadas con la Neurología y las enfermedades de su ámbito, y requerirá informe preceptivo y razonado de las Juntas de Grupo de las correspondientes áreas temáticas relacionadas con la tecnología que solicita el aval, el Comité de Nuevas Tecnología e Innovación y/o el Comité Científico, según los casos. Más detalle del Aval Científico-Tecnológico

  • AVAL SOCIAL

Está definido al otorgar la Sociedad su aval a actividades sociales, asociaciones de enfermos, patrocinio de actos destinados a pacientes y de repercusión en el ciudadano. La concesión de ese aval se establece por decisión de la propia Junta Directiva, tras evaluación e informe de la Vocalía de Relaciones Sociales. Más detalle del Aval Social

 

A tener en cuenta

Cómo solicitar el aval

Los promotores de cualquier actividad docente, científica, científica-tecnológica y social pueden solicitar el Aval Institucional mediante una carta dirigida al Secretario de la Junta Directiva, indicando la modalidad de aval solicitado y describiendo la actividad que se solicita, remitida a la Secretaría de la Sociedad.

Quien concede el aval

En conformidad con el artículo 37 de los Estatutos vigentes, la Junta Directiva tiene la representación de la Sociedad y en consecuencia tiene la responsabilidad exclusiva de otorgar cualquier AVAL INSTITUCIONAL. Por ello, la concesión del Aval Institucional se realizará a través de un certificación de la Secretaría de la Junta Directiva de la Sociedad.

Implicaciones de la concesión

El Aval Institucional implica la conformidad de la Sociedad Española de Neurología a la actividad avalada y el uso de su nombre y de su logotipo por los organizadores. Debe ser objetivo de todos aquellos que participen en el proceso de concesión del Aval que sólo lo reciban aquellas actividades que, cumpliendo las finalidades de la Sociedad, lo hagan con la dignidad que el nombre de la Sociedad requiere.

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En el mundo

Los tres enlaces que a continuación se exponen permiten la búsqueda de cualquier universidad, ya sea a partir del nombre del pais o de la Universidad o una busqueda a partir de continentes.

 

 

En España

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Para Profesionales

  • Hospitales
  • Colegios de Médicos
  • Universidades
  • Instituciones públicas nacionales
  • Organizaciones Internacionales
  • Sociedades neurológicas de habla hispana
  • Enfermedades priónicas
  • Enfermedad de Parkinson y trastornos del movimiento
  • Patología neuromuscular
  • Demencias
  • Otras patologías de interés

 

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Fecha: 15 de enero de 2024

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios

 

Fecha: 4 de diciembre de 2023

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios

 

Fecha: 23 de octubre de 2023

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios

 

Fecha: 4 de septiembre de 2023

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios

 

Fecha: 10 de agosto de 2023

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios

 

Fecha: 20 de febrero de 2023

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios

 

Fecha: enero de 2023

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios

 

Fecha: 21 noviembre de 2022

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios

 

Fecha: noviembre de 2022

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios

 

Fecha: 28 octubre de 2022

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios

Fecha: septiembre de 2022

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios

Fecha: julio de 2022

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios

Fecha: 7 de septiembre de 2022

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios

Fecha: mayo de 2022

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios

Fecha: marzo de 2022

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios

Fecha: febrero de 2022

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios

Fecha: enero de 2022

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios

Fecha: diciembre de 2021

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios

Fecha: noviembre de 2021

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios

Fecha: 16 de noviembre de 2021

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios

Fecha: 7 de octubre de 2021

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios

Fecha: 7 de octubre de 2021

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios

Fecha: 4 de octubre de 2021

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios

Fecha: 10 de septiembre de 2021

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios

Fecha: 23 de julio de 2021

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios

Fecha: 12 de julio de 2021

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios

Fecha: 9 de julio de 2021

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios

Fecha: 11 de junio de 2021

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios

Fecha: 11 de junio de 2021

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios

Fecha: 26 de abril de 2021

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios

Fecha: 14 de abril de 2021

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios

Fecha: 7 de abril de 2021

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios

Fecha: 18 de marzo de 2021

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios

Fecha: 16 de marzo de 2021

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios

Fecha: 15 de marzo de 2021

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios

Fecha: 10 de marzo de 2021

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios

Fecha: 23 de diciembre de 2020

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios

Fecha: 22 de diciembre de 2020

Notificación de acontecimientos adversos con las vacunas frente a la COVID-19

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios

 

Fecha: 27 de noviembre de 2020

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios

 

Fecha: 6 de noviembre de 2020

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS)

 

Fecha: 6 de noviembre de 2020

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS)

 

Fecha: 14 de mayo de 2020

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS)

 

Fecha: 22 de abril de 2020

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS)

 

Fecha: 5 de noviembre de 2019

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS)

 

Fecha: 2 de septiembre de 2019

Fuente: Novartis - Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS)

Fecha: 26 de julio de 2019

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS)

Fecha: 19 de febrero de 2018

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS)

Fecha: 6 de noviembre de 2017

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS)

Fecha: 11 de julio de 2017

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS)

Fecha: 13 de marzo de 2017

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS)

Fecha: 8 de marzo de 2016

Fuente: Sanofi-aventis S.A.

Fecha: 16 de febrero de 2016

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS)

Fecha: 21 de diciembre de 2015

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS)

Fecha: 26 de noviembre de 2015

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS)

Fecha: 13 de octubre de 2014

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS)

Fecha: 15 de Septiembre de 2014

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS)

Fecha: 1 de Septiembre de 2014

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS)

Fecha: 11 de Marzo de 2014

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS)

Actualización 11 de Diciembre de 2013

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS)

Fecha: 2 de Julio de 2013

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS)

Fecha: 4 de Junio de 2013

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS)

Fecha: 8 de Mayo de 2013

Fuente: Roche Farma S.A. Ficha técnica

Fecha: 12 de Abril de 2013

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS)

Fecha: 19 de Marzo de 2013

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS)

Fecha: 17 de Enero de 2013

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS)

Fecha: 15 de Enero de 2013

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS)

Fecha: 14 de Enero de 2013

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS)

Fecha: 25 de Junio de 2012

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS)

Fecha: 20 de Abril de 2012

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS)

Fecha: 24 de Enero de 2012

Fuente: Archimedes PHARMA

Fecha: 24 de Enero de 2012

Fuente: Novartis Farmacéutica

Fecha: 20 de Enero de 2012

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS)

Fecha: 5 de Diciembre de 2011

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS)

Fecha: 2 de Diciembre de 2011

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS)

Fecha: 13 de Julio de 2011

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS)

Fecha: 23 de Febrero del 2010

Fuente: MSD

Fecha: 22 de Febrero del 2009

Fuente: FAES

Fecha: 13 de Diciembre del 2008

Fuente: Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios

Fecha: 14 de octubre del 2008

Fuente: Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios

Fecha: 10 de octubre del 2008

Fuente: Sanofi-Aventis, sobre informacion de AEMPS

Fecha: 12 de Junio de 2008

Fuente: Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios

Fecha: 25 de febrero de 2008

Fuente: Roche

Fecha: 9 de febrero de 2008

Fuente: Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios

Nota del Grupo de Epilepsia de la SEN sobre el cese de la fabricación de Neosidantoína® (fenitoina)

Fecha: 19 de febrero de 2008

Fuente: Grupo de Epilepsia de la SEN

Fecha: 31 de Agosto de 2007

Fuente: Grupo de Trastornos del Movimiento de la Sociedad Española de Neurología

Fecha: 2 de Febrero de 2007

Fuente: Grupo de Trastornos del Movimiento de la Sociedad Española de Neurología

Fecha: 15 de Marzo 2005

Fuente: Sociedad Española de Neurología y la Federación Española de Parkinson

Fecha: 14 de febrero 2005

Fuente: Asociación de Familiares de Enfermos de Alzheimer (AFAL)

Fecha: 8 de febrero 2005

Fuente: SEN a traves de su Grupo de Estudio de Demencia y Neurología de la Conducta

Fecha: 27 de Junio 2003

Fuente: Ministerios de Sanidad y Consumo (España)

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