De acuerdo con el artículo 44, de los Estatutos de la Sociedad, que establecen la forma de constitución de los Comités Ad-Hoc de la Sociedad, la Secretaría de la Junta Directiva publica la convocatoria de presentación de candidatos para la renovación del
Comité ad-hoc de Nuevas Tecnologías e Innovación de la SEN, dependiente del Área de SECRETARÍA
tras haber finalizado el periodo estatutario de la Junta Directiva anterior, con el cese de los actuales miembros del comité salvo aquellos que hayan recibido notificación de nueva nominación por la nueva Junta Directiva. Los cargos a renovar tienen una duración de un periodo estatutario de presidencia (2 años).
REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS.
- Ser Miembro Numerario de la Sociedad.
- Tener mínimo un año de pertenencia a la misma.
- Estar al día en el pago de las cuotas.
- No ser incompatible por ocupar otros cargos estatutarios en la Sociedad (Junta Directiva, juntas de Grupo, comités estatutarios, Direcciones de Área, etc.).
FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA CANDIDATURA.
- Envío de un e-mail a la dirección Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., dirigido al Secretario de la Sociedad, indicando a qué Comité se opta.
- Pueden presentarse aquellos que hayan formado parte del Comité anteriormente.
- El candidato deberá verificar la recepción del e-mail en el plazo de la convocatoria.
- En caso de que un socio se haya presentado a varias convocatorias de comités, debe indicar su orden de preferencia en cada convocatoria.
PLAZO DE LA CONVOCATORIA.
EN LA SECRETARÍA DE LA SOCIEDAD VÍA CORREO ELECTRÓNICO Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., DESDE 16 DE ENERO DE 2020 AL 3 DE FEBRERO DE 2020 ANTES DE LAS 13.00 HORAS. Será responsabilidad de los candidatos cerciorarse de la recepción de la candidatura.
CRITERIOS DE SELECCIÓN.
- La Junta Directiva seleccionará a los candidatos atendiendo a los objetivos del Comité, designando aquellos cuyo perfil se adapte mejor a los mismos.
- En caso de que un socio haya presentado candidatura a varios comités, se atenderá a los criterios de preferencia.
- La decisión de la Junta Directiva es recurrible ante el Comité de Arbitraje de la Sociedad.