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En el
artículo 5 de los
Estatutos vigentes de la
SOCIEDAD ESPAÑOLA DE
NEUROLOGÍA se establece
sus finalidades y entre
ellas figuran :
Promocionar y fomentar
el progreso de la
Neurología, divulgando e
impulsando los
conocimientos de la
especialidad y sus
principios.
Fomentar la interacción
entre los profesionales
de la especialidad
médica neurológica y
todos los sectores de la
sociedad que con ésta
puedan estar
relacionados, la
colaboración y la
cooperación entre ellos
para el fomento, el
desarrollo, el estudio y
el conocimiento
científico y práctico de
la especialidad.
Y para el cumplimiento
de estas finalidades
sociales, la SOCIEDAD
ESPAÑOLA DE NEUROLOGÍA
dispone de un AREA DE
DOCENCIA Y FORMACIÓN
CONTINUADA de la que
depende el COMITÉ DE
DOCENCIA Y ACREDITACIÓN,
definido por los
Estatutos de la Sociedad
en su artículo 43 y por
el Reglamento de Régimen
Interno sobre los
Comités de
Participación, aprobado
por la Asamblea General
el día 28 de noviembre
del 2003.
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