De acuerdo con el
Reglamento
Interno
correspondiente,
la aceptación y
constitución de
los nuevos
Grupos de
Estudio se
realizará
siguiendo el
siguiente
proceso:
Propuesta
Las
propuestas de
constitución de
nuevos grupos de
estudio serán
realizadas por
los promotores,
que deberán ser
miembros
numerarios de la
Sociedad,
mediante un
escrito dirigido
al Presidente de
la Sociedad,
tramitado a
través de la
Secretaría de la
misma, que
incluya la firma
de CINCUENTA
miembros
numerarios que
apoyen dicha
creación, una
memoria sobre
los objetivos a
medio y largo
plazo que
tendría dicho
Grupo, la
definición del
área
científico-técnica
que abarcaría el
mismo y una
propuesta de
comisión gestora
de cuatro
miembros
numerarios, con
un portavoz
Proceso de
aceptación
provisional
Tras la
recepción de
una
solicitud de
constitución
de un nuevo
Grupo, la
Junta
Directiva
remitirá
toda la
documentación
a los Grupos
de Estudio,
que podrán
elaborar un
informe, que
no le será
vinculante,
y al COMITÉ
CIENTÍFICO,
que
realizará un
informe
preceptivo
sobre la
idoneidad de
la petición.
La Junta
Directiva,
previa
consulta de
la
información
aportada por
los
promotores y
de los
informes
recibidos
por el
Comité
Científico y
de los
Grupos de
Estudio,
aprobará la
constitución
provisional
del nuevo
Grupo, con
el
nombramiento
de la
comisión
gestora, o
lo rechazará
argumentando
la decisión.
Contra la
decisión de
la Junta
Directiva
cabrá
recurso por
la vía
administrativa
al Comité de
Arbitraje de
la Sociedad
Española de
Neurología.
Los grupos
aprobados
provisionalmente,
lo serán
durante dos
años y
estarán
dirigido por
la comisión
gestora,
disponiendo
en este
periodo de
todas los
derechos y
obligaciones
de los
Grupos de
Estudio.
Proceso de
aceptación
definitiva
Trascurridos
dos años
desde la
aprobación
provisional
de un Grupo
de Estudio,
la Junta
Directiva
solicitará
un informe a
la Gestora
sobre las
actividades
del Grupo
durante este
período, que
será
remitido al
COMITÉ
CIENTÍFICO
que evaluará
y realizará
un informe
preceptivo
sobre el
funcionamiento.
Con ambos
informes,
junto con
toda la
información
adicional
que se
disponga, la
Junta
Directiva
podrá
aprobar de
forma
definitiva
el Grupo,
prorrogar la
situación de
provisional
durante dos
años más o
rechazarlo.
Contra la
decisión de
la Junta
Directiva
cabrá
recurso por
la vía
administrativa
al Comité de
Arbitraje de
la Sociedad
Española de
Neurología.
En el caso
que se
produzca la
revocación
definitiva
del Grupo,
la Junta
Directiva
decidirá el
destino de
la cuenta
económica
del mismo.
En el caso
que la Junta
Directiva
apruebe de
forma
definitiva
un nuevo
Grupo de
Estudio, se
mantendrá la
Gestora
hasta que se
realice la
convocatoria
de
elecciones a
la Junta de
Grupo.
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