En el artículo 5 de los Estatutos vigentes de la SOCIEDAD ESPAÑOLA DE NEUROLOGÍA se establece sus finalidades y entre ellas figuran :
Promocionar y fomentar el progreso de la Neurología, divulgando e impulsando los conocimientos de la especialidad y sus principios.
Fomentar la interacción entre los profesionales de la especialidad médica neurológica y todos los sectores de la sociedad que con ésta puedan estar relacionados, la colaboración y la cooperación entre ellos para el fomento, el desarrollo, el estudio y el conocimiento científico y práctico de la especialidad.
Y para el cumplimiento de estas finalidades sociales, la SOCIEDAD ESPAÑOLA DE NEUROLOGÍA dispone de un AREA DE DOCENCIA Y FORMACIÓN CONTINUADA de la que depende el COMITÉ DE DOCENCIA Y ACREDITACIÓN, definido por los Estatutos de la Sociedad en su artículo 43 y por el Reglamento de Régimen Interno sobre los Comités de Participación, aprobado por la Asamblea General el día 28 de noviembre del 2003.
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