La
Sociedad
Española
de
Neurología
tiene
entre sus
finalidades
sociales
establecidas
en el
artículo 5
de sus
Estatutos
la de
promocionar
y fomentar
el
progreso
de la
Neurología,
divulgando
e
impulsando
los
conocimientos
de la
especialidad
y sus
principios
y por
ello, en
consecuencia,
debe
recomendar
ante sus
asociados
y ante
todos
aquellos
que lo
soliciten,
si
considera
que una
actividad
determinada
está de
acuerdo
con sus
finalidades.
Las
actividades
docentes
pueden
obtener el
AVAL
INSTITUCIONAL
DE LA
SOCIEDAD
ESPAÑOLA
DE
NEUROLOGÍA
dentro del
Programa
de
Formación
Continuada
de la
Sociedad
y el
Comité de
Docencia y
Acreditación,
pero las
actividades
científicas
también
pueden
recibir el
aval
institucional
de la
Sociedad.
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Actividades
científicas
que
pueden
ser
avaladas |
Pueden
recibir el
AVAL
INSTITUCIONAL
DE LA
SOCIEDAD
las
siguientes
actividades
científicas:
-
Congresos,
Reuniones
y
simposiums
de otras
instituciones
y
empresas
cuyos
contenidos
sean
neurológicos.
-
Documentos
de
Consenso
y Guias
Diagnóstico-Terapéuticas.
-
Proyectos
de
Investigación.
-
Libros y
monografías.
-
Lugares
on-line
que
tengan
contenidos
neurológicos.
-
Cualquier
otra
actividad
científica
que
pueda
ser de
interés
para la
neurología.
No
pueden
recibir el
Aval
Institucional
a través
de este
proceso
las
actividades
sociales.
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