La
Sociedad
Española
de
Neurología
tiene
entre sus
finalidades
sociales
establecidas
en el
artículo 5
de sus
Estatutos
promocionar
y fomentar
el
progreso
de la
Neurología,
divulgando
e
impulsando
los
conocimientos
de la
especialidad
y sus
principios
y por
ello, en
consecuencia,
debe
recomendar
ante sus
asociados
y ante
todos
aquellos
que lo
soliciten,
si
considera
que una
actividad
determinada
está de
acuerdo
con sus
finalidades.
Esta
recomendación
viene
definida
por la
Concesión
de Aval
institucional
de la
Sociedad
|
Modalidades
de
Aval
institucional |
La
Sociedad
tiene
establecidas
tres
modalidades
de Avales,
dependiendo
del tipo
de
actividades:
AVAL
DOCENTE
Está
definido
por la
aceptación
por la
Sociedad
como
actividad
acreditada
dentro del
Programa
de
Formación
Continuada
de la
Sociedad
(pulse
aquí) y
precisa
del Comité
de
Docencia y
Acreditación.
(detalles
sobre
los
formularios
de
solicitud
de aval
docente)
AVAL
CIENTÍFICO
Está
definido
al otorgar
la
Sociedad
su aval a
actividades
científicas,
congresos,
documentos
de
consenso,
proyectos
de
investigación,….,
y
requerirá
informe
preceptivo
y razonado
de las
Juntas de
Grupo de
las
correspondientes
áreas
temáticas
a la
actividad
científica
que
solicita
el aval
y/o al
Comité
Científico,
en el caso
que
abarque a
más de un
área
temática.(detalles)
AVAL
SOCIAL
Está
definido
al otorgar
la
Sociedad
su aval a
actividades
sociales,
asociaciones
de
enfermos,
patrocinio
de actos
destinados
a
pacientes
y de
repercusión
en el
ciudadano.
La
concesión
de ese
aval se
establece
por
decisión
de la
propia
Junta
Directiva.
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